El PP con fecha de 30 de diciembre de 2011 articula un Real Decreto-ley, 20/2011, por el cual prohíbe la contratación de personal en las administraciones públicas. En su artículo 3, oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal, expone la prohibición a la contratación de personal temporal o nombramientos de funcionarios interinos para el año 2012, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes.
La contratación de personal laboral temporal y el nombramiento de funcionarios interinos y de personal estatutario temporal, que se realizará únicamente en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales y requerirá la previa y expresa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Durante 2012 no se autorizarán convocatorias de puestos o plazas vacantes de las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal no mencionados anteriormente salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, que requerirán la previa y expresa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Por medio de dicha ley al Excmo. Ayuntamiento de Mengíbar se le está terminantemente prohibido hacer ninguna contratación de personal durante el año 2012.
Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público (B.O.E. núm. 315, de 31 de diciembre de 2011).